Abogados, ingenieros y arquitectos tendrán más competencia para ejercer su profesión
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Los letrados podrían desempeñar la función de los procuradores, algo prohibido hasta ahora. Los farmacéuticos pierden el derecho exclusivo para vender medicamentos.
El mundo profesional encara una auténtica revolución que cambiará por completo el actual marco regulatorio y que, además de incentivar la competencia, despejará de trabas el ejercicio de abogados, ingenieros y arquitectos. Tan solo quince actividades profesionales (englobadas en los sectores sanitario, jurídico y técnico) deberán estar obligatoriamente colegiadas, mientras que en todas las demás la pertenencia a un colegio oficial será voluntaria. Así consta en un borrador de la nueva Ley de Servicios Profesionales que prepara el Ministerio de Economía, y cuya aprobación está prevista para las próximas semanas.
Según el borrador, al que ha tenido acceso a EXPANSIÓN, la actual regulación profesional en España es “excesiva, obsoleta y conflictiva”, ya que dibuja “un mapa colegial confuso, excesivamente territorializado en algunas profesiones y con obligaciones de colegiación diferentes según comunidad autónomas”. Si bien en los últimos años se han aprobado algunas leyes sectoriales (por ejemplo, en la edificación o la sanidad), el Gobierno recuerda que “no existe una ley horizontal” que “simplifique” todo el marco de los servicios profesionales.
En el ámbito sanitario, tendrán que colegiarse obligatoriamente los médicos, farmacéuticos, dentistas, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos y óptico-optometristas. Deberán hacerlo también todos aquellos facultativos que trabajen en la sanidad pública y que tengan contacto directo con el paciente (es decir, quedarán eximidos aquellos que, por ejemplo, se limitan a investigar en el laboratorio). La ley vigente ya lo señala así, pero cuatro comunidades autónomas (Andalucía, Asturias, Extremadura y Canarias) han conseguido establecer que la colegiación sea voluntaria en estos casos. La nueva norma impondrá la obligatoriedad.
Sector jurídico
En el sector jurídico, deberán colegiarse los abogados, procuradores, graduados sociales (encargados de mediar en conflictos laborales), notarios y registradores. No obstante, el borrador indica que solo tendrán que colegiarse aquellos abogados que trabajen “ante jueces y tribunales”. Es decir, que en principio quedarán eximidos aquellos que se dediquen a otro tipo de asesoramiento legal, por ejemplo en una empresa.
Existen todavía dudas respecto a un cambio legal que arrastra polémica desde hace años: la posibilidad de que los abogados asuman oficialmente las funciones propias de los procuradores. El borrador es inequívoco: “Se suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador”. El Ministerio de Economía apunta en este documento que “no se considera justificado que la actividad de representación y defensa en juicio no puedan ejercerse por la misma persona”. Y añade que en la jurisdicción contencioso-administrativa ya se permite esta simultaneidad.
Sin embargo, fuentes del Ministerio de Justicia han confirmado a EXPANSIÓN que el hecho de que los abogados pudieran ejercer la profesión de procurador puede generar problemas de incompatibilidad según el sistema procesal español. Así, el departamento dirigido por Alberto Ruiz-Gallardón está trabajando en un plan de refuerzo de la función del procurador como auxiliar de la Administración de Justicia, sobre todo en materia de notificaciones y ejecuciones en procedimientos de embargo, lo que exige mantener la exclusividad de funciones de las respectivas profesiones, informa Carlos García-León. Es decir, que los procuradores quedarían blindados mediante la extensión de sus competencias.
También habrá cambios para el desempeño profesional de ingenieros y arquitectos. Solo será necesaria la colegiación para aquellos encargados de firmar proyectos y dirección de obras, y no para otro tipo de informes previos, como por ejemplo dictámenes sobre el impacto medioambiental de una determinada edificación.
Asimismo, se producirá cierta fusión de competencias. El borrador anuncia la creación de una “pasarela vertical basada en conocimientos y/o experiencia” mediante la que los ingenieros técnicos podrían adquirir “algunas atribuciones profesionales actualmente reservadas a los ingenieros”. Esto se debatirá en un grupo de trabajo, formado por expertos, que tendrá que presentar sus conclusiones dentro de dos meses.
Sin exclusividad
Por su parte, los arquitectos perderán la reserva exclusiva de su actividad. Esto significa que, además de este colectivo, podrán proyectar y dirigir obras de edificios residenciales, culturales, docentes o religiosos aquellos ingenieros “con competencias en edificación”. El Gobierno argumenta que “no es proporcionado reservar la actividad de edificación según los usos”, porque “si un profesional es competente para realizar una edificación, se entiende que también será capaz de realizar otras, con independencia de su uso”.
Otro de los proyectos más controvertidos que se dibuja en el texto en preparación es la liberalización del sector farmacéutico. La intención de Guindos es que los farmacéuticos dejen de tener la exclusividad en la producción, conservación y venta de medicamentos. Esto facilitaría que cualquier empresario, desde una pyme hasta una gran cadena de distribución comercial, pueda abrir farmacias y comercializar sus productos. No obstante, sí que será obligatorio que la titularidad siga en manos de un farmacéutico, de modo que se supervise la dirección del local, “garantizando así en todo caso la protección de la salud pública y la correcta dispensación de medicamentos”. Respecto a la fase de producción y conservación, el texto cree que el cambio podría beneficiar a colectivos como el de químicos o biólogos.
Si bien se prevé que la mayoría de colegios sigan siendo de ámbito autonómico (y, excepcionalmente, provincial), la obligatoriedad de colegiación seguirá dependiendo de las leyes del Estado central.
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