Wikipedia

Resultados de la búsqueda

lunes, 28 de enero de 2013


HISTORIAS DE LA JUSTICIA



EL SUERO DE LA VERDAD



Las películas y telefilmes muchas veces representan situaciones que serían inverosímiles o difícilmente creíbles si tuviéramos conectado nuestro sistema de credulidad. Pero como ustedes saben, cuando nos sentamos ante la pantalla pequeña o la grande como espectadores suspendemos eso, la credulidad, con el fin de disfrutar de la historia que nos presentan. 

De lo que no nos damos cuenta es de que al desactivar nuestro cortafuegos mental, ocurre como con los ordenadores, que se cuelan y se instalan en lo más profundo de nuestra mente ideas y conceptos netamente falsos. 

Ideas y conceptos que, inconscientemente, asimilamos como reales. 

Uno de ellos es la utilización, durante los interrogatorios policiales, del llamado suero de la verdad. 

El suero de la verdad pertenece a una familia de narcóticos, como el pentothal sódico, el evipán, el actedrón o el amytal. 

Con su uso se trata de que afloren y se verbalicen contenidos inconscientes mediante la acción que tales sustancias tienen sobre el yo al liberar frenos y defensas, como bien ha explicado el psiquiatra forense Juan José Carrasco. 

De esa forma a los sujetos se les desliga de sus autocontroles porque se parte de la tesis de que el subconsciente no puede mentir. 

Este tema del suero de la verdad ha sido tratado en diversas sentencias judiciales del Tribunal Supremo de España. 

En la primera de ellas, de 1982, se estableció que su admisión indiscriminada por los Tribunales de Justicia vulneraría el principio de legalidad. 

Y además supondría una forma indirecta y torticera de obtener la confesión del reo porque significa un desprecio por la persona y el aniquilamiento de sus resortes físicos y psíquicos. 

Otra sentencia posterior del Alto Tribunal, publicada en 1991, prohibió la posibilidad de la utilización del suero de la verdad en España. 

La citada sentencia estableció, y citamos textualmente, que “la confesión arrancada mediante torturas, hipnosis o sueros de la verdad está prohibida implícitamente por el artículo 15 de la Constitución”. 

Un artículo que dice que todos tenemos “derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”.

La prueba del suero de la verdad en España no es admisible ni siquiera cuando es el propio imputado el que solicita que se le aplique, de forma voluntaria. 

Se considera que la dignidad humana es innegociable ya que este tipo de pruebas afectan a la libertad de declaración porque es evidente que en estos casos no existe. 

El artículo 174 del nuevo Código Penal castiga, además, las torturas psicológicas o morales entre las que se incluyen las condiciones o el procedimiento a que se somete a una persona y “le supongan sufrimientos físicos o mentales, la suspensión o disminución de sus facultades de conocimiento, discernimiento o decisión o que, de cualquier otro modo, atenten contra su integridad moral”. 

Así que ya lo saben. Cuando vean una película en la que al acusado se le aplica el suero de la verdad recuerden que aquí, en España, no puede pasar porque es de todo punto ilegal. 

Está prohibido.

1 comentario:

  1. La verdad es que nunca he visto la utilización del pentotal. Pero debe ser como cuando el paciente sale de la anestesia, parece que fallan los sistemas de control y te pueden explicar cosas, o dar respuestas, que no darían en condiciones "normales".

    ResponderEliminar