La "doctrina Gordillo" avala los asaltos y amenazas en jornada de huelga
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado la denuncia contra el parlamentario de IU Juan Manuel Sánchez Gordillo por liderar un piquete durante la huelga general del 29 de marzo de 2012 que obligó a cerrar algunos centros públicos y establecimientos comerciales en Sevilla bajo amenazas y coacciones a los trabajadores.
En concreto, los autos, a la que ha tenido acceso Libertad Digital, exculpan a Gordillo de la comisión de delito por asaltar un Instituto de Enseñanza Secundaria, forzar el cierre de diversos comercios, ocupar una oficina de la Diputación de Sevilla y amenazar a un gerente de Mercadona.
El Alto Tribunal certifica que el piquete liderado por Gordillo, formado por más de 70 personas, asaltó el Instituto Maestro José Jurado Espada, que permanecía cerrado al público, para "promover" que su profesorado se uniese a la jornada de huelga. Un miembro del piquete saltó los muros del centro, consiguió un juego de llaves y abrió las puertas. El grupo entró en la Sala de Profesores instando a los docentes para que abandonaran el centro, "logrando que alguno de los profesores se sintiera intimidado", según la sentencia. En este sentido, algunos de los miembros del piquete increparon al profesorado llamándoles "esquiroles y fachas", generando un ambiente de "presión general". Ninguno de los testigos atribuyó estos insultos e intimidaciones a Gordillo, "si bien sí le atribuyeron el liderazgo de la actuación del piquete", aclara el auto.
Pese a ello, el TSJA señala que estos hechos "no serían constitutivos de delito" por varias razones. En primer lugar, "no puede calificarse la entrada en el Instituto como allanamiento de local" porque dicho delito exige "un dolo específico de atentar contra la intimidad de la persona [...] titular del establecimiento, lo que no sucede cuando el propósito con el que se accede de manera inconsentida al local es otra distinta, como en este caso fue la de presionar al personal del Centro para que abandonase su puesto de trabajo con motivo de la jornada de huelga".
Asalto a un colegio
En segundo lugar, en cuanto a las coacciones y amenazas a los profesores, el texto señala que la creación de una "presión ambiental" dirigida a forzar la adhesión a la huelga general, cuando no se concreta en una "coacción o entorpecimiento físico" o en la "amenaza de un mal directo y creíble, no tiene en absoluto, por su escasa entidad objetiva, la consideración de delito, sino que a lo sumo podría integrar una falta".
El Tribunal aclara que la intimidación no fue lo suficientemente intensa como para constituir delito porque los profesores no estaban dando clase; los piquetes tan sólo señalaron que, de no abandonar el Centro, "podría ser peor" o podrían "cabrearse"; y, además, Gordillo ni insultó ni amenazó, "por más que sí se haya acreditado que lideraba la actuación general del piquete (ordenando o sugiriendo la entrada en el Centro del modo en que se hizo)", aclara el auto.
Cierre de establecimientos
Durante el 29-M, Gordillo y su piquete también recorrieron diversos establecimientos en la ciudad de Estepa (Sevilla), acompañados por una Unidad de la Guardia Civil. Entraron en una oficina de la Diputación de Sevilla, y Gordillo advirtió al responsable "que no abandonarían la misma mientras no cerrase", al tiempo que algunos miembros de su grupo llamaban"esquiroles" a los trabajadores. La oficina cerró.
A continuación, acudieron al comercio de confección El Rubio. Diez personas, entre las que no se encontraba Gordillo, entraron en el local manifestando que "iban a comprar, aunque se les había olvidado el dinero, y advirtiendo a la empleada que detrás venía más gente". Ésta se sintió "algo asustada, pero no amenazada ni coaccionada", según el auto. Y cerró el local.
El caso Mercadona
Posteriormente, el grupo de Gordillo se presentó en Mercadona. En la entrada del establecimiento, Gordillo se entrevistó con el gerente, en presencia de la Guardia Civil, y le instó a cerrar, "previniéndole que no lo abriera cuando el piquete se marchase". El responsable se negó. Gordillo le manifestó, literalmente, lo siguiente:
Como vengamos y esté abierto, entramos dentro, esté la Guardia o no esté la Guardia. Podemos entrar por cualquier sitio. Y además, mañana hay huelga general, y pasado, y nosotros estamos organizados, como sindicato. Es decir, si ustedes no hacéis caso, y ahora cerráis, y dentro de media hora tenemos que venir otra vez, mañana, pasado y el otro podemos venir 500 y hacer lo que pensamos hacer. Y es que te tiramos todo lo que hay ahí, porque tiramos todo al suelo y vas a tener que poner aquí a trabajar 20 días a la gente... Me has entendido, ¿no?
Una de las claves del auto es que Gordillo, además, advirtió al gerente de que si se le ocurría abrir "volverían a comprar sin dinero", según atestiguó un Guardia Civil. De hecho, el parlamentario de IU reiteró dicha amenaza ante los miembros del piquete en el exterior del local, tal y como certifica el auto. Pese a ello, el TSJA no tiene en cuenta la amenaza de "comprar sin dinero" (es decir, robar) porque tal manifestación no consta en la grabación efectuada por la Guardia Civil. Mercadona, finalmente, cerró, pero en cuanto se fue el piquete volvió a abrir.
Por último, Gordillo se entrevistó con el gerente de la entidad Agrosevilla instándole a que cerrara la empresa. Éste contestó que se encontraban desempeñando servicios mínimos. Gordillo se dirigió al piquete por megafonía:
La próxima vez venimos con escaleras si hace falta, y entramos dentro yechamos a todo el que esté dentro. Por las buenas o por las malas.Se lo he dicho así de claro. Hay un compromiso del gerente. Tengo su palabra. Si no se cumple, estad pendientes, y si tenemos que venir, venimos a la hora que sea.
Ante todos estos hechos, el TSJA dictamina que Gordillo no cometió ningún delito, a lo sumo una posible falta de amenazas en el caso de Mercadona que, en todo caso, no compete enjuiciar al Alto Tribunal andaluz. ¿Las razones? Las siguientes, según el auto:
- El ejercicio de derecho de huelga y libertad sindical permiten la "presencia en grupo" en los establecimientos en los que hay trabajadores con la finalidad de requerir su adhesión a la jornada de huelga, siempre que "la presión no emplee métodos violentos o coactivos".
- No es delito "afear la conducta" a los trabajadores "ni acudir en masa a los establecimientos abiertos al públicos sin más arma que la palabra, el ruido o la presencia física", a menos que el piquete impida "físicamente" a los trabajadores mantenerse en el puesto de trabajo o lance "amenazas verosímiles".
- Nada de esto detecta el TSJA en la mayoría de incidentes atribuidos a Gordillo el 29-M, tan sólo "conversaciones", acompañadas de la "presión ambiental típica de un piquetede huelga".
Más dudas suscita, sin embargo, la actuación de Gordillo en Mercadona. En este caso, el Tribunal sí acredita la existencia de amenaza "creíble y verosímil". Sin embargo, sentencia que tal conducta "podría constituir todo lo más una falta de amenazas", ya que el "conjunto de circunstancias que la rodearon impide de plano otorgarle la intensidad necesaria" como para poder apreciar un "delito de amenazas condicionantes". ¿Razones?:
- El piquete no exhibió "armas ni objetos peligrosos".
- Estaba presente la Guardia Civil.
- El daño con que se amenazaba -asaltar y destrozar el local-, "aun siendo desde luego verosímil [...] resulta de escasa incidencia para un establecimiento con un importante volumen de negocio".
- Además, el hecho de que el gerente de Mercadona abriera de nuevo cuando se fue el piquete "revela la escasa fuerza intimidatoria de la advertencia".
- Por último, el Tribunal señala que "la amenaza de un hecho que en sí mismo no constituye delito, no puede desde luego ser calificado como delito. [...] Y parece claro que la conducta con que se amenazó (tirar al suelo productos de las estanterías) difícilmente podría calificarse como delito". Es decir, puesto que "tirar" al suelo productos "difícilmente" es delito -y el TSJA no tiene en cuenta la advertencia de "comprar sin dinero" (robar) efectuada por Gordillo-, la amenaza de hacerlo tampoco lo es, concluye el Tribunal, "a lo sumo una falta".
No hay comentarios:
Publicar un comentario