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domingo, 7 de abril de 2013


Hipnosis Regresiva Forense, por Orden Judicial, en los Tribunales de España: un caso




TESTIMONIO BAJO HIPNOSIS regresiva ACEPTADO
 COMO PRUEBA

Una joven ha denunciado que sufrió desde los 4 a los 12 años abusos sexuales por parte de un miembro
 del Tribunal Eclesiástico de Madrid, unos hechos que, por primera vez en España, se han testificado
 mediante la hipnosis regresiva, informaron distintas asociaciones y la madre de la víctima.

La madre de la joven, que en la actualidad tiene 25 años, explicó hoy en conferencia de prensa, junto a la
 abogada C. R. del Consejo de la Mujer, y a miembros de la Asamblea Feminista de Madrid, que J.M.P 
vivió en su casa como huésped, desde que la niña tenía 4 años y hasta los 12, y que le conoció cuando 
estaba realizando los trámites de su separación matrimonial. "Mónica",nombre ficticio que han dado a
 la joven, fue sometida, por decisión de los jueces, a sesiones de hipnosis regresiva para tomarle 
testimonio sobre los hechos denunciados e incluirlo en la instrucción del caso, un procedimiento
 que se utiliza como prueba por primera vez en España, según los denunciantes. 

La hipnosis regresiva consiste en someter al individuo a un estado parecido

 al sueño, inducido por la sugestión, en el que se cumplen las órdenes
 del hipnotizador, en este caso de una psiquiatra, y se recuperan y reviven
los recuerdos de distintos años de la vida

Una amiga de la familia indicó durante la conferencia de prensa que el vídeo en el que están grabadas las 

sesiones de hipnosis es "espeluznante" y que, en él, "Mónica" relata las agresiones físicas, psicológicas
 y sexuales a las que fue sometida. "La pegaba, la llamaba 'puta' y la acusaba de hacerle pecar", explicó. 

El juicio sobre este caso, denunciado ante los tribunales por la madre en junio de 1997, ha sido aplazado
 en varias ocasiones porque J.M.P., en la actualidad de 72 años, ha cambiado de abogado cinco veces, 
la última de las cuales ha pedido además ratificación de pruebas, lo que impide la celebración de la vista oral. 

La finalidad de esa dilación, según las mismas fuentes, es que J.M.P. cumpla 73 años, edad en la
 que ya no podrá ser encarcelado en caso de ser declarado culpable. 

Fuentes del Arzobispado de Madrid indicaron que J.M.P. no tiene ningún cargo pastoral en la diócesis de Madrid 
y que pertenece a la de Alcalá de Henares, donde tampoco había ningún portavoz autorizado. 

El abogado de J.M.P, M. G. M. dijo que no haría declaraciones al respecto porque quería conocer primero
 la información que se emitiera sobre el caso.




1 comentario:

  1. Gracias MARIO por dejarme publicar estos interesantes arts. de tu blog.
    No obstante, reñida esta la justicia con someter como prueba la hipnosis, creo que hay discrepancias y connotaciones a la hora de juzgar y fundar las alegaciones en base a la hipnosis. Pero de verdad gracias.
    Un abrazo,
    Gema

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