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jueves, 11 de julio de 2013

Apátrida: cuando no existes

Apatridia: cuando no existes

¿Recuerdas la película “La terminal” protagonizada por Tom Hanks y dirigida por Steven Spielberg? El protagonista de la misma se queda atrapado en un aeropuerto porque durante el vuelo se ha instaurado en su país natal un nuevo régimen y su pasaporte y visado ya no son válidos ni para entrar al país donde había aterrizado ni para regresar a su país de origen. Y el personaje queda envuelto en una especie de bucle personal y burocrático que lo retiene allí de forma absurda durante meses. Aunque no deja de ser una película, la historia está basada en hechos reales y refleja la realidad y la situación en la que se encuentran  alrededor de doce millones de personas en el mundo. Y es que  ¿te imaginas no ser nacional de ningún Estado?  ¿Qué pasaría si no fueras ciudadano de ningún país? ¿Cómo reaccionarias si, de pronto, es como si hubieras desaparecido de la faz de la tierra?
El artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce a toda persona elderecho a tener una nacionalidad y a que no se le prive arbitrariamente de ella ni del derecho a cambiarla. Igualmente, este derecho está reconocido en otros instrumentos internacionales de protección de los Derechos Humanos vinculantes como son el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 y la Convención sobre la Eliminación de toda forma de discriminación contra la Mujer de 1979, entre otros.
Técnicamente, se llama apatridia al hecho de no tener reconocida la nacionalidad o la ciudadanía por ningún país. Al vínculo jurídico entre la persona y el Estado lo llamamos nacionalidad y proporciona a las personas una identidad. Si dicho vínculo se rompe la persona se convierte en apátrida. A partir de ese momento la persona  queda sumida en una especie de limbo legal, no es nadie, es como si no existiera. Eso les convierte en unos de los colectivos más excluidos e invisibilizados  del mundo a la vez que más frágil en cuanto a violaciones de derechos humanos se refiere –tal y como declaró Antonio Guterres,  el Alto Comisario de Naciones Unidas para los Refugiados.

Las consecuencias dramáticas de no existir


Campo de refugiados de Somalia [Photo: AcnurLasAméricas Flickr account]
El problema no es menor ya que el derecho a la nacionalidad lleva aparejado, en muchas ocasiones, el poder ejercer otros derechos. Muchos Estados sólo permiten a sus propios nacionales el completo ejercicio de los derechos civiles, políticos, económicos y sociales en el sí de su territorio. Además, la nacionalidad permite a los nacionales recibir la protección del Estado a nivel interno y a nivel internacional. Por ello, el derecho a ser ciudadano de un  Estado ha sido llamado el derecho a tener derechos. Porque aquellos que son apátridas no son ciudadanos de un Estado y no pueden acceder de forma plena a derechos tan básicos como  recibir atención sanitaria, la educación, la vivienda, al trabajo, a formar una familia etc. No pueden tener propiedades,  abrir una cuenta en el banco, casarse o divorciarse, registrar el nacimiento de sus hijos y viajar se convierte en toda una pesadilla. A ello hay que añadir que muchas veces son encerrados en centros de internamiento por largos períodos de tiempo y sin que se respeten unas garantías mínimas de trato digno y adecuado.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) estima que hay unos 12 millones de apátridas en el mundo.
Como se puede observar la falta de protección de estas personas es casi absoluta y las implicaciones dramáticas. Son simplemente invisibles, y acaban siendo las víctimas perfectas para los perpetradores de violaciones masivas de derechos humanos que tiene asegurada la impunidad  ya que la mayoría de veces los apátridas no tienen reconocido el derecho a acudir a los sistemas judiciales para denunciar dichas violaciones, juzgar y condenar a los responsables  y para que se les garantice un derecho a la reparación. Los apartidas tampoco lo tienen fácil si se ven obligados a huir de su país y quieren pedir asilo político. Sin documentos identificativos de quiénes son, ni ninguna documentación que pueda acreditar sus historias va a ser prácticamente imposible probar, ante las autoridades pertinentes, sus vivencias y las causas por las cuales huyeron de su país de origen y no pueden regresar por poner en riesgo su vida.

La protección internacional de los apátridas

¿Y cómo ha reaccionado la Comunidad Internacional para proteger a estas personas a lo largo del tiempo? El fenómeno de la apatridia no es nuevo. Sin embargo,  es una realidad muy desconocida por la mayoría de las personas. De hecho, la cuestión de la apatridia fue detectada

Refugiados de Kosovo [Photo: AcnurLasAméricas Flckr account]
ya después de la Segunda Guerra Mundial cuando muchos judíos perdieron su nacionalidad. Casos como el del científico Albert Einstein, entre otros, ayudaron a visualizar la magnitud de la tragedia que padecían estas personas. Fue entonces cuando la Comunidad Internacional tomó conciencia de la problemática y decidió dotar a estas personas de mecanismos de protección. Los principales instrumento adoptados en la materia son dos: la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, establecida en 1954 y  la Convención para reducir los casos de apatridia de 1961. Finalmente, en 1974 la Asamblea General de las Naciones Unidas, solicitó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados que prestara asistencia legal limitada en estos casos y en 1996 amplió su mandato incluyendo  como misión de dicho Comisionado la reducción de los casos de apatridia en el mundo.
Estos dos instrumentos, junto con otros establecidos a nivel regional, son la base para garantizar que los apátridas puedan gozar de la variedad más amplia posible de derechos fundamentales sin discriminación y para que se solucionen problemas de primera necesidad para ellos como son los que se refieren a la documentación para poder viajar y aquellos a los que se enfrentan en su día a día. Asimismo, será la base legal obligatoria para que los Estados se movilicen y efectivamente afronten los problemas que sufre este colectivo. Sin embargo, aún son pocos los Estados que han ratificado estas dos Convenciones y son consientes de las consecuencias que tiene atender el fenómeno de la apatridia en el mantenimiento de la paz y la seguridad en una región determinada.
La cuestión de la apatridia fue detectada ya después de la Segunda Guerra Mundial cuando muchos judíos perdieron su nacionalidad. Casos como el del científico Albert Einstein, entre otros, ayudaron a visualizar la magnitud de la tragedia que padecían estas personas.
Claro está que la protección para este colectivo de personas ha ido y debe ir evolucionando  acorde a las causas que la provocan. Las causas de por qué la gente deviene apátrida son múltiples y complejas y muchas veces obedecen a razones circunstanciales.  Se podrían citar como ejemplos las siguientes: la división o sucesión de los Estados- a principios de los noventa y con la desintegración de la Unión Soviética y Yugoslavia,  la mayoría de apátridas lo eran por esta causa; complejas y cambiantes leyes nacionales sobre nacionalidad pueden hacer perder la nacionalidad a quienes hasta el momento la tenían reconocida; discriminación contra las mujeres- en al menos 30 países en el mundo sólo los hombres pueden pasar su ciudadanía a sus hijos;  y, finalmente, otro tipo de obstáculos como serían el tráfico de personas o la incapacidad de registrar a los recién nacidos- en un mundo donde la movilidad se ha incrementado exponencialmente en las últimas décadas, carecer de certificado de nacimiento puede significar convertirse en apátrida.

Los retos que hay que abordar

Vista la complejidad de las causas que provocan la apatridia parece que el problema no se puede abordar de una única manera sino que se tiene que afrontar de una manera multifacética y holística, es decir, atendiendo a las causas que la provocan para prevenirla y erradicarla, intentando que a las personas apátridas se les garanticen al máximo sus derechos fundamentales y asistiéndoles para atender sus necesidades básicas y, en tercer lugar, previendo los mecanismos para que estas personas puedan adquirir una nacionalidad.  Sin embargo, lo primero y substancial para afrontar este problema es la voluntad política de los Estados para no dejar ninguna persona fuera de su protección. Cierto es que forma parte de la soberanía de los Estados decidir quien recibe la condición de ciudadano suyo, pero también lo es que este derecho tiene que ser acorde a los estándares internacionales de derechos humanos. Y dichos estándares como mínimo prohíben a los Estados considerar sus ciudadanos como apátridas, los obliga a respetar los derechos humanos de este colectivo de personas y los obliga a garantizar la ciudadanía a todos aquellos niños nacidos dentro de sus fronteras. Abordar de una manera íntegra la cuestión de la apatridia forma parte de uno de los principales retos del siglo XXI.

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