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viernes, 1 de noviembre de 2013

Siete claves para entender la 'doctrina Parot' y por qué es peligroso anularla


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  • La 'doctrina Parot' se aplica desde 2006 y ha evitado las excarcelaciones de decenas de terroristas.
  • El Tribunal de Europeo de Derechos Humano cuestiona la aplicación de esta doctrina y el Gobierno deberá defenderla en Estrasburgo.

Domingo Troitiño (ETA)

Autor del atentado contra el Hipercor de Barcelona en el que murieron 21 personas. Fue condenado a 1.118 años de cárcel.
  • Domingo Troitiño (ETA)
  • José Antonio López Ruiz, 'Kubati' (ETA)
  • Antonio Troitiño (ETA)
  • Juan José Legorburu (ETA)
  • Pedro Luis Gallego
  • Miguel Ricart
Los criminales más peligrosos que saldrán libres si se anula la doctrina Parot

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos reexaminó el miércoles 20 de marzo la sentencia que condenaba a España a indemnizar con 30.000 euros a la terrorista Inés del Río por la aplicación retroactiva de la'doctrina Parot'.
Esta doctrina se lleva aplicando desde 2006, cuando una decisión delTribunal Supremo evitó la puesta en libertad del terrorista Henri Parot.
Si la doctrina Parot se anulara, 54 etarras podrían quedar en libertad en el acto.
Repasamos las siete claves de la Doctrina Parot y sus efectos a lo largo de los años

¿Qué es y cómo surge la doctrina Parot?

El terrorista de ETA Henri Parot, acusado de asesinar a más de 80 personas, recibió una condena de 4.800 años de cárcel. Pero la ley española solo admite que un reo pueda estar como máximo 40 años de cárcel. Esta cifra puede reducirse por diversos beneficios peninteciarios a 30 años. De modo que Parot iba a salir al cumplir 30 años de cárcel o menos. Para evitar su excarcelación, el Supremo consideró que los beneficios penintenciarios no se podían aplicar sobre esos 40 años de pena máxima, sino sobre cada uno de los delitos cometidos. De este modo, se lograba que cumpliera la pena máxima en España de 40 años.

¿Qué consecuencias ha tenido esta decisión?

Esta decisión creó jurisprudencia y se ha venido aplicando desde entonces tanto a casos de terrorismo como otros especialmente graves de asesinato y violación. Según Europa Press, hay 54 etarras que ya estarían libres si no se llega a aplicar esta medida. 

¿Qué ha dicho el Tribunal Constitucional?

El Constitucional ha avalado la doctrina Parot en 28 de los 31 recursos presentados por los presos de ETA hasta el 29 de marzo de 2012. En tres ocasiones el tribunal consideró que su aplicación era inconstitucional. Sin embargo en 2008 el Constitucional estableció la doctrina del doble cómputo penal, por la cual el tiempo de prisión preventiva debe descontársele de la pena total, lo que entra en conflicto con la 'doctrina Parot'.

¿Qué ha dicho el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?

Este tribunal rechazó la aplicación de la doctrina Parot de forma retroactiva a la etarra Inés del Río y obliga a España a ponerla en libertad y a pagarle 30.000 euros de indemnización a la terrorista. La retroactividad en la aplicación de esta doctrina es lo que invalidaría su uso.

¿Cuál ha sido la respuesta del Gobierno?

El Gobierno no está de acuerdo con la sentencia del tribunal y además de negarse a excarcelar a del Río, ha recurrido la decisión.

¿Quién se beneficiaría de la no aplicación de la 'doctrina Parot'?

El número de etarras que saldrían libres inmediatamente si no se aplicara la doctrina Parot es de 54, incluyendo algunos como Domingo Troitiño(autor del atentado en el Hipercor y condenado por 22 asesinatos), José Antonio López Ruiz, 'Kubati' (Autor de 13 asesinatos), Juan José Legorburu (condenado por ocho asesinatos) y Juan Carlos Arruti Azpitarte (autor de 14 asesinatos).

¿Cuál será la decisión final de Estrasburgo?

Un total de 17 jueces reexaminarán la sentencia sobre la etarra Inés del Río y escucharán a los abogados y representantes de las partes. La sentencia se conocerá en los próximos meses y será inapelable. Entonces se sabrá si la Gran Sala ratifica la condena a España o si por el contrario da validez definitiva a la doctrina Parot.

3 comentarios:

  1. Otro ejemplo de ingeniería judicial... cómo lo fue la propia "Doctrina Parot"

    La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha defendido este miércoles que la doctrina Parot no está muerta, ya que lo que ha invalidado el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo es su aplicación retroactiva, pero cabe aplicarla a partir de que la fecha en la que fue establecida, es decir, el 28 de febrero de 2006.

    http://www.publico.es/480295/la-fiscalia-defiende-aplicar-la-doctrina-parot-desde-2006-a-presos-de-eta

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    Respuestas
    1. Ingeniería jurídica, quería decir.

      No se pueden cambiar las reglas de un juego mientras se está en mitad de una partida.

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  2. Ya existe sentencia contra la "Doctrina Parot"

    21 de octubre de 2013. Dean Spielmann, presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, lee el fallo de una Sentencia de la Gran Sala. Se resuelve la solicitud de remisión realizada por el Gobierno español respecto de la Sentencia de la Sección Tercera de 10 de julio de 2012, recaída en el asunto del Río Prada c. España. La STEDH de 10 de julio de 2012 condenó a España por unanimidad de los siete Magistrados que entonces componían la Sección Tercera por vulneración de los derechos a la libertad (art. 5.1 CEDH) y al principio de legalidad sancionadora (art. 7 CEDH) al aplicarse a la demandante la denominada doctrina Parot. La STEDH de 21 de octubre de 2013 confirma esa condena a España. La violación del derecho a la libertad (art. 5.1 CEDH) es apreciada por la unanimidad de los diecisiete Magistrados que conforma la Gran Sala. La violación del derecho a la legalidad sancionadora (art. 7 CEDH) es apreciada por una mayoría de quince Magistrados contra dos.

    Mis cuatro verdades sobre la Doctrina Parot

    Autor: José Miguel Sánchez

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