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martes, 17 de septiembre de 2013

¿Qué quieres ser de mayor: abogado, procurador o abogado-procurador?

¿Qué quieres ser de mayor: abogado, procurador o abogado-procurador?

Papeles
Por María Jesús González Espejo, Socia Directora de Emprendelaw

El otoño se presenta interesante y agitado para las profesiones de abogado y procurador, y es que, bajo el pretexto (cuestionado por no pocos, entre otros por el propio Consejo General de los Procuradores en este artículo) de impulsar la competitividad y la calidad en los servicios profesionales (que según indican en la nota de prensa que ha remitido el Ministerio de Economía, representan ni más ni menos que las relevantes cifras del 9% del PIB, el 6% del empleo total y el 30% del empleo universitario), el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales (aprobado en el Consejo de Ministros celebrado a principios de agosto), ha incluido dos medidas de enorme calado para la profesión de procurador:
Por un lado, ha eliminado la incompatibilidad del ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura (representación ante los Tribunales). Esta medida será de aplicación inmediata, sólo condicionada al despliegue del sistema de notificación electrónica del Ministerio de Justicia y a que los Colegios de Abogados establezcan su presencia en los salones de notificación de los tribunales, lo que implica un periodo transitorio. Y por otro, el citado anteproyecto elimina los aranceles de los procuradores, de forma que a partir de la entrada en vigor de la Ley, sus honorarios serán fijados libremente con los clientes.
En la práctica esto conlleva que ambos, letrados y procuradores podrán pronto, si lo desean, ejercer un nuevo oficio. En el caso de los letrados, el de procurador y en el de los procuradores, el de letrado. Y surgen así una serie de cuestiones clave: ¿Se trata de oficios tan distintos?, ¿ganará realmente el cliente final, el ciudadano que acude a la justicia, algo con estos cambios?, ¿a quienes puede afectar más desde el punto de vista económico este nuevo régimen?
Como señala la procuradora Elena Climente en su artículo ¿Para qué sirve un procurador?, publicado en Masqueabogados: “Ambas profesiones se complementan. El Procurador es el ayudante técnico que ayuda al Abogado a la defensa del derecho de la parte. Así, mientras uno se encarga de las gestiones, el otro pone sus conocimientos en la mejor defensa ante el tribunal. Tienen el mismo fin: que la parte obtenga la mejor tutela jurisdiccional para sus derechos. El Abogado no puede permitirse acudir continuamente a resolver trámites relativos al proceso que le resten tiempo para ocuparse de la preparación de su defensa. Podría prescindirse del trabajador cualificado, pero, como alguien tendría que realizarlo, siempre sería mejor que lo hiciera una persona preparada. En la actualidad existe la necesidad de dejar al abogado que se concentre en su trabajo suficientemente complejo como para exigirle, además que atienda otros menesteres que no hacen sino distraerle de lo principal”.
Respecto a si el cambio será o no beneficioso para los ciudadanos. Lo más probable es que sí lo sea, ya que la reforma supone liberalización de aranceles y además, la apertura del mercado a nuevos operadores. Así que lo lógico es que en principio, se produzca una mayor competencia y en consecuencia, una mayor oferta de servicios a mejor precio.
Y sobre las consecuencias que puede tener el nuevo régimen en el mercado, previsiblemente se producirán las siguientes situaciones:
1. Fusiones de despachos de abogados y procuradores: Pienso que se deberían producir algunos procesos de esta naturaleza. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este tipo de operaciones empresariales son complejas y en muchos casos, resultan fallidas por motivos varios como las diferencias culturales entre las entidades fusionadas o la carencia de una estrategia conjunta. Esperemos que quienes se lancen a estas aventuras, lo hagan tras una seria reflexión y dotados de las estrategias adecuadas.
2. Procuradores que decidan ejercer también como abogados: Creo que a muchos de ellos no les costará ejercer una nueva profesión, ya que en la práctica para determinado tipo de procedimiento, como por ejemplo, el de las ejecuciones civiles, ya estaban realizando labores similares a las del abogado. Mi impresión es que sólo aquellos despachos de procuradores, con más tamaño y dotados ya de una buena organización interna, estarán preparados para crear esta nueva línea de negocio, que debería resultarles rentable, ya que entrar en ella, supondrá competir directamente con sus clientes tradicionales, ofertando sus mismos servicios.
3. Abogados que decidan ejercer también como procuradores: Creo que tendrán que aprender un nuevo oficio, cuyo día a día describe muy bien un oficial de procurador en este comentario: “En mi caso, me presento a las 9 de la mañana cada día para ello. Aprovechando que estoy allí voy juzgado por juzgado haciendo las gestiones que nos ha encomendado el abogado (por ej. recoger los autos en los que nos hemos personado para fotocopiárselos). Vuelvo al despacho y una a una, paso las notificaciones a los correspondientes abogados (que pueden ser de 30 a 50), anotamos todos los señalamientos, todos los plazos para contestar o presentar escritos, acudimos a los lanzamientos, subastas, etc. Vamos a los registros de la propiedad para presentar y retirar mandamientos, hacemos los juicios, que son muchos y a veces nos coinciden… Incluso en algunos casos sólo nos envían los documentos y nosotros debemos redactar la demanda esto ocurre con las ejecuciones hipotecarias de algunos bancos que llevamos) y además…. adelantamos la tasa judicial!!”.Cuando se revisa esta lista de tareas se concluye que, posiblemente, al despacho de tamaño grande y mediano no le cueste mucho integrar estas tareas en las de algunos de sus profesionales y, adaptar sus sistemas de gestión documental y del conocimiento para realizarlas sin problema, haciendo posible así, la incorporación de un nuevo servicio a un coste posiblemente muy competitivo, para sus clientes. Es decir, que los servicios que hasta ahora ofertaban los procuradores pasarían a formar parte de la propuesta de valor del despacho, haciéndola más atractiva para sus clientes. Respecto a los despachos de tamaño más reducido, creo que en su gran mayoría seguirán trabajando como siempre, dedicados a sus tareas de abogacía, con las que por lo general, ya tienen bastante. Su ambición por tanto, consistiría más bien en localizar a los despachos de procuradores más competitivos en precios y más competentes en servicio, y trabajar en estrecho régimen de colaboración con ellos.
4. Seguir como hasta ahora. Pienso que serán muchos los abogados y procuradores que seguirán como hasta ahora, ejerciendo las profesiones que inicialmente escogieron. Al ser humano no le gusta mucho el cambio y aprender un nuevo oficio, cuando se conoce bien el propio, sólo lo harán aquellos que realmente estén necesitados de encontrar nuevas vías de ingresos.

No quiero cerrar este artículo sin señalar que en todo caso, mi impresión es que con este anteproyecto sigue sin atajarse el problema principal que tiene nuestros sistema judicial y que no creo que estribe en el trabajo que realizan abogados y procuradores, sino en otros temas tan importantes como la correcta incorporación de la tecnología, la revisión de los procesos, las carencias de personal o el control de la calidad del trabajo del funcionario de Justicia. Cuestiones todas ellas que deberían ser la prioridad de nuestro gobierno y que pienso siguen sin resolverse.
María Jesús González-Espejo
Socia Directora de Emprendelaw

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